El enredo en la elección de la candidata Barretista a la contraloría del Tolima

Desde el inicio de la convocatoria para la elección del Contralor Departamental del Tolima, algunas personas han denunciado que los únicos aspirantes que pasan estos concursos son de “filiación” conservadora. Se ha manifestado que hasta las Universidades encargadas de estas convocatorias se prestan para estos direccionamientos políticos, que en el caso de comprobarse evidenciaría los peores casos de corrupción del país, dado que en sus obligaciones está el realizar la elección de quienes deben cuidar y proteger los recursos públicos de la ciudadanía.

Se dice en los corrillos de la Asamblea Departamental que la ternada Carolina Giraldo Velásquez es la candidata del Barretismo y la próxima Contralora de los Tolimenses, en la medida que tendrían la mayoría de los votos de los diputados, excepto los de Renzo García y Julio Morato. Con ello, el denominado Clan Barreto llegaría al control político de casi la totalidad de instituciones públicas del departamento y en este caso a manejar la institución que debe hacer el control fiscal para el departamento del Tolima, excluyendo Ibagué.

Lo anterior podría enredarse en la medida de unas irregularidades que se presentan a la luz de la Resolución 018 de 17 De febrero de 2022, por medio de la cual se realizó la convocatoria al cargo de Contralor del Tolima, dado que en el numeral 8 del artículo Tercero, de la inscripción, se señala que: «El desconocimiento y no aplicación de lo descrito será causal de rechazo a la presente convocatoria y no habrá lugar a subsanar….« Y el numeral 12 indica que para la inscripción en lo referente a la acreditación de la experiencia laboral se exige la presentación de la certificación escrita, expedida por la autoridad competente de las respectivas entidades, empresas u organizaciones oficiales o privadas, en las que se consigna con precisión fecha de ingreso y retiro del cargo desempeñado, así como las funciones desempeñadas

Imagen proporcionada 

De acuerdo, con lo anterior podría decirse que existe la duda razonable respecto de la ternada Carolina Giraldo Velásquez, teniendo en cuenta que su cargo de directivo territorial del Ministerio del Transporte podría ser objeto de vigilancia y control de la Contraloría del Tolima, dado que la RAP (Región administrativa de planificación) del Eje Cafetero cuenta con recursos de departamento del Tolima. De igual forma se resalta que la ternada no anexo las funciones de su cargo directivo territorial, en el cual podría emitir actos administrativos que involucran recursos públicos del departamento por su participación en la RAP del Eje Cafetero, omisión que según el numeral 8, del artículo Tercero, de la Resolución 018 de 17 De febrero de 2022, no se puede subsanar y, por tanto, debería quedar inhabilitada.  

Cabe destacar, que las hojas de vida de los ternados fueron publicadas en la página oficial de la Controlaría Departamental, solamente hasta los días 29 y 30 de junio, vulnerando el principio de publicidad otorgado jurisprudencialmente por la corte constitucional, pues no permite que los interesados estudien las hojas de vida de quienes pretenden llegar al cargo de Contralor departamental.

Por otro lado, respecto de la hoja de vida del ternado German Darío Rodríguez Páez, reporta en la hoja de vida de la función pública, un contrato vigente como asesor jurídico externo de la FABRICA DE LICORES DEL TOLIMA, la cual es sujeto de vigilancia y control fiscal por parte de la contraloría, situación que podría generar duda razonable sobre su participación en el proceso de elección.

Al parecer, la Asamblea Departamental del Tolima debe considerar estas irregularidades en la terna para la elección del CONTRALOR DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA, en la medida que dos de los tres ternados podrían estar incursos en una causal de nulidad prevista en el numeral 5º, del artículo 275 del C.P.A.C.A.

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