La sala de Decisión Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia hizo la declaración sobre esa zona en Salento.
La decisión se tomó luego de una tutela interpuesta por el presidente del Concejo de Salento Jaime Hernán Arias, a los derechos a la salud, el mínimo vital, la dignidad, el goce de un ambiente sano y la protección de las riquezas culturales y ambientales, esto debido al alto número de personas que ingresan al Valle de Cocora, al norte del Quindío, incluso en medio de la pandemia.
“Esperamos que tampoco se vaya a malinterpretar esta demanda (…) aquí hay una dinámica turística y no se trata de condenarla, sino de llevar a la acción lo que ya está establecido en ley”, explicó Arias.
De esta manera, en máximo 15 días, varias instituciones regionales deben reunirse para proyectar un estudio de capacidad de carga ambiental para su implementación y ejecución, presididas y convocadas conjuntamente por el Gobernador del Quindío en coordinación con el Alcalde de Salento, y así determinar cuántas personas pueden ingresar al Valle de Cocora.
Cabe recordar que en esta zona, entre las 40 especies de fauna silvestre registradas por la Corporación Autónoma regional del Quindío, está el Cóndor de los Andes; además de la Palma de Cera, árbol nacional de Colombia y se produce el 60 por ciento las fuentes hídricas que abastecen a la población quindiana, las cuales se encuentran en desabastecimiento debido al gran flujo del turismo sin control y los fenómenos climáticos.